Por: Alejandra Palacios (@JanaPalacios)
3 de octubre del 2017
Publicado en el blog de México, ¿Cómo Vamos? en Animal Político.
COFECE, con la lupa puesta en los taxis de aeropuerto
El acuerdo ilegal entre los taxis del AICM dejó un daño conjunto a los usuarios de al menos 771,713,000 pesos, derivado de los sobreprecios pagados por los 12 millones de usuarios del servicio entre los meses de agosto de 2011 y diciembre de 2015.
Por: Alejandra Palacios (@JanaPalacios)
El servicio de taxi autorizado para operar dentro de los aeropuertos es un importante medio de transporte terrestre. La gran mayoría de pasajeros aéreos en el país se encuentran cautivos a su oferta, porque las terminales aéreas carecen de alternativas eficientes de movilidad -como son sistemas integrados de tren o metro-, o la regulación impone barreras a otras plataformas -Uber/Cabify- para ofrecer el mismo servicio a los usuarios con plena libertad. Tan solo en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) se prestan más de dos millones de servicios de taxi cada año, por lo que garantizar condiciones de competencia entre las distintas agrupaciones autorizadas es esencial en el objetivo de asegurar la mayor calidad y los mejores precios posibles.
La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) investigó el comportamiento de los sitios de taxi que operan en este mercado, en el cual identificó un acuerdo ilegal entre competidores, con el propósito de manipular los precios del servicio al alza. En distintos foros hemos sostenido que la colusión en los mercados tiene los efectos más negativos para el bienestar de los consumidores: en este caso el daño conjunto a los usuarios se estima en al menos 771 millones 713 mil pesos, derivado de los sobreprecios pagados por los 12 millones de usuarios del servicio entre los meses de agosto de 2011 y diciembre de 2015. ¿Cómo se realizó esta práctica sancionada por Ley Federal de Competencia Económica (LFCE)?
Las agrupaciones Confort, Porto Taxi, Sitio 300, Yellow Cab y Nueva Imagencelebraron un acuerdo con el propósito de aumentar de manera coordinada las tarifas de sus servicios, a pesar de estar prohibido de manera explícita tanto por la Ley, como por el contrato firmado entre cada una de las agrupaciones de taxistas y el AICM. Quedó demostrada la realización de diversas reuniones entre marzo y mayo de 2011, para la puesta en marcha de un Estudio Tarifario desarrollado por la consultora Santaló Estudios y Proyectos. Este requirió el intercambio de información estratégica de cada agrupación -que en condiciones plenas de competencia no se compartiría porque los datos sensibles muestran las fortalezas y debilidades de cada una de ellas en el mercado- como son las inversiones realizadas, los salarios asignados, la situación financiera y de seguros, la distribución de los “tiempos muertos” y los gastos de promoción, entre otros.
El estudio concluyó con la recomendación de aumentar en 25 por ciento las tarifas. Como consecuencia, los permisionarios registraron ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes los precios recomendados y, para agosto de ese mismo año, todas las agrupaciones -con excepción de Confort– incrementaron de manera coordinada los precios cobrados a sus clientes. Ello provocó una transferencia indebida de los recursos de los consumidores en favor de los taxistas, pues la práctica permitió captar excedentes económicos producto de la manipulación comercial y no del esfuerzo de los prestadores de servicio por ganarse la preferencia de sus usuarios.
Al término del proceso, en el que se valoraron las pruebas recolectadas por la Autoridad Investigadora de la COFECE y se escucharon los argumentos de defensa de cada agrupación, la Comisión les impuso sanciones económicas que en total suman 23.6 millones de pesos. De acuerdo con la Ley de competencia, los cálculos de las sanciones consideran la magnitud del daño, la intencionalidad y la capacidad económica de los infractores. Como medida adicional, la Comisión resolvió hacer del conocimiento del AICM, para procesos legales adicionales que pudieran tener lugar, toda vez que los contratos firmados entre el Aeropuerto y los hoy sancionados establecen que este tipo de acuerdos ilegales son causa grave de rescisión.
Esta investigación no es la única medida de la COFECE orientada a conseguir condiciones efectivas de competencia en los servicios de taxi ofrecidos en los aeropuertos del país. Entre otras acciones, en noviembre del año pasado, recomendamos al Congreso de la Unión y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes modificar la regulación para que todas las terminales aéreas del país transiten de un modelo de acceso exclusivo -en el cual sólo un puñado de permisionarios tienen posibilidad de ofrecer traslados terrestres, como es el caso del AICM- a un modelo abierto donde cualquier oferente bajo ciertos requisitos de calidad y seguridad puedan ofrecer este servicio. Al margen de una eventual reforma por demás necesaria, la COFECE mantendrá la lupa puesta en los servicios de taxi autorizado en los distintos aeropuertos nacionales.
* Alejandra Palacios es la Comisionada Presidenta de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), Vicepresidenta de la Red Internacional de Competencia y miembro del Buró del Comité de Competencia de la OCDE. Forma parte del panel de expertos de @MexicoComoVamos.